CLÁUSULA 118

APAUADYCAPÍTULO XII, DE LA APLICACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO, pcct, Revisión del Contrato Colectivo

El presente Contrato Colectivo de Trabajo se revisará en el mes de enero del dos mil veinticinco en cuanto a salarios y será revisado en cuanto al clausulado en general y también a salarios en el mes de enero del año dos mil veintiséis, salvo que los salarios tengan que ser revisados por una situación de emergencia, extraordinaria o como …