CLÁUSULA 114

APAUADYCAPÍTULO XI, DE LOS CONFLICTOS, pcct, Representante en los conflictos

La Universidad tratará con los representantes de la APAUADY debidamente acreditados, todos los conflictos que surjan con motivo de las relaciones laborales y por la aplicación del presente Contrato Colectivo de Trabajo y del Reglamento Interior de Trabajo, privilegiando la mediación como medio de solución del mismo.