La Universidad dará todo tipo de facilidades a los representantes de los trabajadores académicos asociados, para que gestionen los asuntos de su competencia y que deban tramitar ante las autoridades civiles, militares o universitarias, así como para que asistan a los eventos que requieran su presencia debiendo solicitar el permiso y demás facilidades ante el director o jefe del centro …
CLÁUSULA 57
La Universidad instalará en cada centro de trabajo donde haya personal afiliado a la APAUADY y previo acuerdo con el Director de la escuela, facultad, o centro de trabajo, un tablero para la difusión de las actividades de la misma, siempre y cuando no contravenga las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
CLÁUSULA 64
La Universidad se obliga a continuar aportando al fondo destinado a la vivienda de los trabajadores, que se creó en enero de mil novecientos ochenta y cuatro, una cantidad que en ningún caso será menor a las cantidades totales que, como cuota, la Universidad pagaría al INFONAVIT. Este fondo servirá para cubrir las necesidades de vivienda de los trabajadores académicos …
CLÁUSULA 59
La Universidad otorgará a la APAUADY nueve licencias con goce de salario íntegro y equivalente a un tiempo completo cada una. La APAUADY proporcionará por escrito los nombres de las personas que tendrán dichas licencias.
CLÁUSULA 53
La Universidad proporcionará anualmente a los afiliados de la APAUADY los implementos deportivos equivalente al costo de veinte equipos completos de softball, para practicar el deporte de conjunto que elijan y practiquen sus miembros y cuya calidad será similar a la de los útiles empleados por las selecciones que representan a la misma. Las solicitudes se realizarán a través de …
CLÁUSULA 63
La Universidad se obliga a otorgar becas de $710.00 (SETECIENTOS DIEZ PESOS S/C M.N.) mensuales para los hijos de los trabajadores académicos definitivos que requieran de educación especial, previo dictamen de la Coordinación General de Servicios de Salud de la Universidad. A partir del uno de enero de dos mil veinticinco dicho apoyo se incrementará a $720.00 (SETECIENTOS VEINTE PESOS …
CLÁUSULA 49
Cuando se requiera contratar personal académico de forma temporal, para cubrir una plaza vacante, la Universidad deberá comunicarlo a la APAUADY por escrito, con al menos 5 días hábiles de anticipación y al personal académico definitivo, con la debida anticipación, por medio de avisos colocados en lugares visibles (sala de maestros, reloj checador y tableros asignados a los académicos) de …
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