La Universidad se obliga a proporcionar dos secretarias, un velador y un chofer mensajero de tiempo completo, para el servicio de la APAUADY. La Universidad les proporcionará a éstos todas las prestaciones que le otorgue a sus trabajadores administrativos y manuales, incluyéndolos en la nómina y reconociéndoles su antigüedad.
CLÁUSULA 65
A los trabajadores académicos definitivos que se retiraran voluntariamente de la universidad o se jubilen en los términos de este contrato o fallezcan, la Universidad se obliga a entregar al trabajador retirado o jubilado o a sus beneficiarios en caso de fallecimiento, el importe de las aportaciones efectuadas en los términos de la cláusula 64 y de acuerdo a la …
CLÁUSULA 54
La Universidad se obliga y compromete a proporcionar dos uniformes y/o batas clínicas semestralmente a los trabajadores académicos cuando en su centro de trabajo se les exija presentarse vestidos con ese carácter según se requiera en cada caso. Apoyo a actividades sindicales
CLÁUSULA 55
La Universidad podrá dar el apoyo de tipo económico que requiera la APAUADY a efecto de que realice actividades culturales, deportivas, sociales, de gestión o cuando sus integrantes acreditados requieran de participar en alguna reunión de tipo sindical en lugares distintos a los del Estado. Dicho apoyo económico, previa gestión que realice la APAUADY con la Universidad, se proporcionará de …
CLÁUSULA 58
Los miembros de la APAUADY, tienen derecho a utilizar las instalaciones de los centros de trabajo, para celebrar reuniones o actividades propias de su representatividad, previo consentimiento de la autoridad correspondiente, debiendo solicitar el uso de las instalaciones respectivas con cuatro días hábiles de anticipación y la autoridad correspondiente, dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de …
CLÁUSULA 50
La Universidad informará a la APAUADY, la creación de cada nuevo centro de trabajo donde se requiera que labore personal académico, en un término que no exceda de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de creación del centro de trabajo de que se trate. Nombramientos
CLÁUSULA 51
La Universidad se compromete a otorgar a sus trabajadores académicos nombramientos que contengan los siguientes datos: nombre completo, fecha de ingreso, lugar de adscripción, área de especialización, materia o materias que imparte, forma de contratación, categoría, nivel, horario y salario. Los nombramientos deberán entregarse en un plazo no mayor de treinta días contados a partir de la fecha en la …
CLÁUSULA 64
La Universidad se obliga a continuar aportando al fondo destinado a la vivienda de los trabajadores, que se creó en enero de mil novecientos ochenta y cuatro, una cantidad que en ningún caso será menor a las cantidades totales que, como cuota, la Universidad pagaría al INFONAVIT. Este fondo servirá para cubrir las necesidades de vivienda de los trabajadores académicos …
CLÁUSULA 59
La Universidad otorgará a la APAUADY nueve licencias con goce de salario íntegro y equivalente a un tiempo completo cada una. La APAUADY proporcionará por escrito los nombres de las personas que tendrán dichas licencias.
CLÁUSULA 53
La Universidad proporcionará anualmente a los afiliados de la APAUADY los implementos deportivos equivalente al costo de veinte equipos completos de softball, para practicar el deporte de conjunto que elijan y practiquen sus miembros y cuya calidad será similar a la de los útiles empleados por las selecciones que representan a la misma. Las solicitudes se realizarán a través de …
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