CLÁUSULA 74

APAUADYCAPÍTULO VI, DEL SALARIO, Pago por Antigüedad para Trabajadores de Nuevo Ingreso, pcct

La Universidad pagará a los trabajadores académicos que ingresaron por primera vez a partir del uno de enero del año dos mil cuatro, en concepto de prestación por antigüedad e independientemente de cualquier aumento salarial que se pacte, un porcentaje sobre el salario tabulado en los siguientes términos: A).- Los trabajadores a partir de 0 y hasta cumplir 5 años …