CLÁUSULA 104

APAUADYCAPÍTULO IX, Causas de terminación de la relación de trabajo, DE LA SEPARACIÓN DE LOS TRABAJADORES, pcct

Son causas de terminación de la relación individual de trabajo las siguientes:
1.- La renuncia del trabajador académico.
2.- La muerte del trabajador académico.
3.- La terminación de la obra para la que fue contratado.
4.- La terminación del período para el que fue contratado.
5.- La incapacidad física o mental de carácter permanente y total de los trabajadores académicos con menos de quince años de servicio o cuando padezcan o hayan contraído enfermedades contagiosas o incurables que lo inhabiliten para seguir prestando sus servicios a la Universidad, siempre y cuando lo anterior no tenga su origen en accidente de trabajo o enfermedad profesional. Para los trabajadores que ingresaron a la Universidad a partir del uno de enero de dos mil cuatro, el plazo requerido será de veinte años de servicio.
6.- Las demás que establece la Ley Federal del Trabajo.
Si la incapacidad fuere de carácter permanente total y el trabajador académico tuviere menos de quince años de servicio se le indemnizará con dos meses de salario y con el importe de quince días de salario por cada año de servicio laborado para la Universidad. Para los trabajadores que ingresaron por primera vez a la Universidad a partir del uno de enero de dos mil cuatro, el plazo requerido será de veinte años de servicio.