CLÁUSULA 18

APAUADYCAPÍTULO III, DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS, Licencias con goce de salario por estudios de posgrado, pcct

B) Recibir y resolver sobre la procedencia de las solicitudes de licencia con goce de salario que los académicos definitivos presenten, con base en las necesidades de capacitación de cada dependencia y de dichos planes y programas institucionales de capacitación.