CLÁUSULA 4

APAUADYCAPÍTULO I, DISPOSICIONES GENERALES, Leyes aplicables a este contrato, pcct

Las relaciones laborales entre la Universidad y sus trabajadores académicos se rigen por el presente Contrato Colectivo de Trabajo y las demás disposiciones que en lo interno acuerden la Universidad y la APAUADY, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo. Los aspectos de carácter exclusivamente académicos quedan reservados a la Universidad en los términos del artículo 3, Fracción VII y el apartado “A” del artículo 123 ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.