CLÁUSULA 112

APAUADYCAPÍTULO X, De las obligaciones, DE LAS OBLIGACIONES Y SANCIONES DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS, pcct

Las obligaciones de los trabajadores académicos son:
1.- Cumplir con los Reglamentos Interiores de Trabajo;
2.- Conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se le hayan proporcionado para el desempeño de sus labores, no siendo responsable del deterioro originado por su uso normal con fines académicos, ni de los ocasionados por casos fortuitos, de fuerza mayor o por la mala calidad o defectuosa construcción;
3.- Reponer el material o instrumentos que por negligencia injustificable se pierda o deteriore conforme al reglamento que rija. En todo caso deberá hacerse, al igual que en el inciso anterior una investigación en la que el académico tendrá derecho a defenderse;
4.- Guardar reserva acerca de los asuntos que tenga conocimiento con motivo del trabajo que desempeñe y que previamente hayan sido clasificados como confidenciales y se le hubiere informado al académico por escrito por autoridad competente;
5.- Abstenerse de realizar actividades políticas, salvo las universitarias, y propaganda religiosa dentro de las instalaciones universitarias;
6.- Justificar sus inasistencias a sus labores en caso de riesgo de trabajo o enfermedad, con las incapacidades médicas que expida la Coordinación General de Servicios de Salud de la UADY; y
7.- Las establecidas en la Ley Federal del Trabajo.