CLÁUSULA 17

APAUADYCAPÍTULO III, De la reubicación de los académicos, DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS, pcct

Los trabajadores académicos tendrán el nivel o clasificación del tabulador anexo y si por necesidades hubiere que suprimir alguna categoría o nivel, la reclasificación se hará de común acuerdo entre la Universidad y el afectado, con la intervención de la APAUADY.