CLÁUSULA 111

APAUADYCAPÍTULO IX, DE LA SEPARACIÓN DE LOS TRABAJADORES, Estímulo por más de 30 años de servicio, pcct

Se establece un estímulo consistente en el pago de un porcentaje del salario tabulado para el personal académico que siga laborando para la Universidad después de haber cumplido los treinta años de servicio establecidos como requisito para la jubilación; todo esto sin perjuicio de lo establecido por el inciso D) del primer párrafo de la cláusula 30 de este contrato. …