La Universidad se obliga a proporcionar dos secretarias, un velador y un chofer mensajero de tiempo completo, para el servicio de la APAUADY. La Universidad les proporcionará a éstos todas las prestaciones que le otorgue a sus trabajadores administrativos y manuales, incluyéndolos en la nómina y reconociéndoles su antigüedad.
CLÁUSULA 50
La Universidad informará a la APAUADY, la creación de cada nuevo centro de trabajo donde se requiera que labore personal académico, en un término que no exceda de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de creación del centro de trabajo de que se trate. Nombramientos
CLÁUSULA 51
La Universidad se compromete a otorgar a sus trabajadores académicos nombramientos que contengan los siguientes datos: nombre completo, fecha de ingreso, lugar de adscripción, área de especialización, materia o materias que imparte, forma de contratación, categoría, nivel, horario y salario. Los nombramientos deberán entregarse en un plazo no mayor de treinta días contados a partir de la fecha en la …
CLÁUSULA 53
La Universidad proporcionará anualmente a los afiliados de la APAUADY los implementos deportivos equivalente al costo de veinte equipos completos de softball, para practicar el deporte de conjunto que elijan y practiquen sus miembros y cuya calidad será similar a la de los útiles empleados por las selecciones que representan a la misma. Las solicitudes se realizarán a través de …
CLÁUSULA 63
La Universidad se obliga a otorgar becas de $710.00 (SETECIENTOS DIEZ PESOS S/C M.N.) mensuales para los hijos de los trabajadores académicos definitivos que requieran de educación especial, previo dictamen de la Coordinación General de Servicios de Salud de la Universidad. A partir del uno de enero de dos mil veinticinco dicho apoyo se incrementará a $720.00 (SETECIENTOS VEINTE PESOS …
CLÁUSULA 52
La Universidad entregará a la APAUADY para su biblioteca tres ejemplares de cada libro que edite, previa solicitud.
CLÁUSULA 62
La Universidad se obliga a deducir de los salarios tabulados de los trabajadores académicos pertenecientes a la APAUADY, por concepto de cuota ordinaria el 0.5% mensual así como las cuotas extraordinarias que sean aprobadas por la APAUADY y que por escrito se comuniquen a la Universidad. En la misma comunicación se señalará la forma y cuantía de las deducciones, así …
CLÁUSULA 61
Cuando algún trabajador académico sufra accidente o hecho de tránsito al conducir cualquier vehículo, con motivo de la realización de alguna actividad para la cual fue debidamente comisionado por la autoridad respectiva, la Universidad lo defenderá sin costo alguno a través de la dependencia jurídica que corresponda y pagará la fianza; independientemente de lo anterior, cubrirá los daños propios y …
CLÁUSULA 56
La Universidad dará todo tipo de facilidades a los representantes de los trabajadores académicos asociados, para que gestionen los asuntos de su competencia y que deban tramitar ante las autoridades civiles, militares o universitarias, así como para que asistan a los eventos que requieran su presencia debiendo solicitar el permiso y demás facilidades ante el director o jefe del centro …
CLÁUSULA 57
La Universidad instalará en cada centro de trabajo donde haya personal afiliado a la APAUADY y previo acuerdo con el Director de la escuela, facultad, o centro de trabajo, un tablero para la difusión de las actividades de la misma, siempre y cuando no contravenga las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
