CLÁUSULA 61

APAUADYCAPÍTULO IV, DE LAS OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD, Defensa legal en caso de accidente o hecho de tránsito, pcct

Cuando algún trabajador académico sufra accidente o hecho de tránsito al conducir cualquier vehículo, con motivo de la realización de alguna actividad para la cual fue debidamente comisionado por la autoridad respectiva, la Universidad lo defenderá sin costo alguno a través de la dependencia jurídica que corresponda y pagará la fianza; independientemente de lo anterior, cubrirá los daños propios y …

CLÁUSULA 56

APAUADYCAPÍTULO IV, DE LAS OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD, Facilidades a representantes sindicales, pcct

La Universidad dará todo tipo de facilidades a los representantes de los trabajadores académicos asociados, para que gestionen los asuntos de su competencia y que deban tramitar ante las autoridades civiles, militares o universitarias, así como para que asistan a los eventos que requieran su presencia debiendo solicitar el permiso y demás facilidades ante el director o jefe del centro …

CLÁUSULA 24

APAUADYCAPÍTULO III, DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS, pcct, Préstamos para útiles escolares

La Universidad mantendrá un fondo de $355,000.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS S/C M.N.) que servirá para otorgar préstamos al inicio de cada semestre escolar a los trabajadores académicos definitivos de cuarenta horas o más semanales y a los de veinte horas o más semanales en su parte proporcional, para la adquisición de útiles escolares de sus hijos y …

CLÁUSULA 23

APAUADYCAPÍTULO III, DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS, pcct, Préstamos personales

La Universidad dispondrá de un fondo especial de $3‘760,000.00 (TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL PESOS S/C M.N.), que servirá para otorgar préstamos a los académicos definitivos sindicalizados, hasta por doce quincenas de salario tabulado pagaderos hasta en veinticuatro meses, con un interés del 0.25% (CERO PUNTO VEINTICINCO POR CIENTO) mensual sobre saldos insolutos. Este fondo y los intereses que se …

CLÁUSULA 15

APAUADYCAPÍTULO III, DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS, pcct, Seguridad de las condiciones de trabajo

Los horarios, materias, áreas, funciones y lugares de trabajo para los que hayan sido contratados los trabajadores académicos no podrán ser alterados sin previo consentimiento por escrito del propio trabajador con al menos treinta días naturales de anticipación al cambio propuesto. La autoridad competente enviará copia de la autorización a la APAUADY. Para los casos imprevistos el plazo podrá reducirse …

CLÁUSULA 32

APAUADYCAPÍTULO III, DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS, pcct, Sistema de puntaje para la Jubilación

A partir del uno de septiembre de dos mil ocho, el derecho de jubilación se regirá en los términos siguientes: A).- Para los trabajadores académicos que hubieren obtenido su definitividad antes del uno de enero de dos mil cuatro y adicionalmente estuvieren prestando servicios a la Universidad con otro u otros nombramientos definitivos obtenidos a partir de la fecha anteriormente …

CLÁUSULA 49

APAUADYCAPÍTULO IV, DE LAS OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD, pcct, Plazas vacantes

Cuando se requiera contratar personal académico de forma temporal, para cubrir una plaza vacante, la Universidad deberá comunicarlo a la APAUADY por escrito, con al menos 5 días hábiles de anticipación y al personal académico definitivo, con la debida anticipación, por medio de avisos colocados en lugares visibles (sala de maestros, reloj checador y tableros asignados a los académicos) de …